REVALIDACION DE ACTUACIONES.
La sentencia que se dicte en el incidente de revalidación de actuaciones, es inapelable y si no se trata de revalidación de actuaciones judiciales, y, por tanto, dicha sentencia tiene el carácter de definitiva, la apelación que se interponga contra las resoluciones dictadas durante el curso del incidente de revalidación, no es procedente, porque a tanto equivaldría como a dar cabida a la apelación contra los fallos interlocutorios, cuando la sentencia definitiva no admite ese recurso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282130-d1d28ecb/revalidacion-de-actuaciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 3345/21. Athié Alejandro. 18 de marzo de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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