ACTO RECLAMADO.
Se apreciará en el amparo, tal y como aparezca probado ante la autoridad responsable, y sin tomar en consideración pruebas que no se hubieren rendido ante la misma.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282348-575860e1/acto-reclamado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1099/25. Becerra viuda de Ginther Ana. 18 de junio de 1927. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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