ACTOS RECLAMADOS.
Quedan plenamente probados, si las autoridades responsables los confiesan en su informe.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 2410/23. Burgos Sabino P. 27 de julio de 1926. Unanimidad de ocho votos. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XIX, página 84. Amparo penal en revisión 3783/25. González Pedro y coagraviados. 13 de julio de 1926. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo IV, página 372. Amparo administrativo en revisión. Figueroa viuda de Gris María. 14 de febrero de 1919. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo IV, página 241. Amparo civil en revisión. Salazar Guillermo. 22 de enero de 1919. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Santiago Martínez Alomía, Alberto M. González y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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