TERMINOS EN EL AMPARO.
Los términos que concede la Ley de Amparo, son improrrogables y no existe precepto que autorice la interrupción de los mismos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282572-1ec6b820/terminos-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo administrativo 146/26. Comité Particular Ejecutivo de Soyatlán. 30 de agosto de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XIX, página 1332. Indice Alfabético. Queja 145/26. Procurador de pueblos de Jalisco y Colima. 30 de agosto de 1926. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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