POSESION.
Aunque esté comprobada la propiedad del inmueble con los títulos correspondientes, no lo está, como consecuencia legal, la posesión; pues no hay ley ni principio jurídico que así lo prevenga. La propiedad y la posesión son dos cosas diversas, que pueden pertenecer a distintas personas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283018-322393ba/posesion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1051/25. Villaseñor Pedro N. 6 de febrero de 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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