PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
Cuando en una demanda de amparo, se invoca, a la vez que la violación de las leyes del procedimiento, la de leyes de fondo, la Suprema Corte, al dictar su sentencia, resolverá primero sobre aquéllas, absteniéndose de tocar la violación de leyes de fondo, siempre que encontrare justificada la primera y tenga por ella que conceder el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283138-1fd07b6c/procedimiento-violaciones-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1335/22. Peza Reyes Adolfo. 10 de marzo de 1926. Unanimidad de diez votos. El Ministro Jesús Guzmán Vaca no voto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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