AUTORIDADES AUXILIARES.
No puede una autoridad alegar que los actos que se reclaman en el amparo, no han sido cometidos por ella, cuando esos actos fueron ejecutados por autoridades auxiliares, que le están subordinadas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283144-34fe2662/autoridades-auxiliares · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1150/20. Granados Margarito. 12 de marzo de 1926. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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