REVISION.
La sentencia que en ella se pronuncie, debe concretarse a estudiar los agravios expresados por el recurrente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283257-b9328284/revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 4201/25. Garzón Joaquín. 13 de abril de 1926. Mayoría de siete votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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