INCAPACITADOS.
Las resoluciones que se dicten en beneficio de los incapacitados, deben estimarse como de interés público, y contra ellas es improcedente conceder la suspensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284596-f2f85990/incapacitados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Isasi José C. 10 de noviembre de 1924. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- INCAPACITADOS, TUTELA DE LOS. (s/clave)
- MEJORAS DE UTILIDAD PUBLICA. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- DISPOSICIONES DE ORDEN PUBLICO. (s/clave)
- SENTENCIAS EJECUTORIAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis