PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
El plazo para pedir amparo contra las resoluciones en el juicio en que no es parte, y que afecten a sus intereses, le corre desde que tiene conocimiento legal de dichos actos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285075-c9b5ddba/persona-extrana-al-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia 2605/25. Zendejas Horacio S. 27 de agosto de 1925. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XIV, página 999. Amparo civil en revisión. Pastor Oliver Antonio. 18 de marzo de 1924. Mayoría de nueve votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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