COSTAS EN LA SUPLICA.
Procede hacer la condenación en ellas, cuando la sentencia de la Corte está conforme de toda conformidad con la sentencia de segunda instancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285259-7ddd9251/costas-en-la-suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. García Ruiz Juan y Zubirán José María. 12 de mayo de 1924. Mayoría de cinco votos en cuanto al punto que se refiere a la condenación del demandado al cumplimiento del contrato de compraventa; por unanimidad de nueve votos en cuanto a la absolución del demandado, por los daños y perjuicios reclamados por el demandante, y al pago de las costas en primera y segunda instancias; y por mayoría de cinco votos en cuanto a la condenación del demandado en costas de la súplica en los términos expresados. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XI, página 842. Recurso de súplica. Rosa Ortega Juan de la y Ortega José E. 25 de septiembre de 1922. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique Moreno, Adolfo Arias e Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: En el Tomo XI, página 842, esta tesis aparece publicada bajo el rubro "COSTAS.".
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