PRUEBAS DE INCULPABILIDAD.
No procede conceder amparo porque dichas pruebas no se tengan en cuenta cuando el proceso no está aún en estado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286367-24c6621b/pruebas-de-inculpabilidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Esparza Martiniano. 8 de julio de 1922. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Agustín Urdapilleta, Enrique Moreno y Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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