RECURSOS ORDINARIOS.
El hecho de no interponer los que la ley conceda contra el acto que se reclama en amparo, hace improcedente éste.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286468-1b19f9c6/recursos-ordinarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Teresa y Miranda Fernando y coagraviados. 21 de julio de 1920. Mayoría de cinco votos. Los Ministros Alberto M. González, Antonio Alcocer y Enrique Moreno no votaron en este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. Disidentes: Benito Flores, José María Mena y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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