INEXACTA APLICACION DE LA LEY PENAL.
No puede alegarse que hay inexacta aplicación de la ley penal, cuando el Juez, al aplicar una pena, no rebasa el maximum fijado por la ley, y aplica éste, fundándose en la apreciación del hecho delictuoso, motivo de la pena.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289096-d8a400cb/inexacta-aplicacion-de-la-ley-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Barraza Fidencio. 21 de julio de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Agustín Urdapilleta y Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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