PARTES EN EL JUICIO.
EL artículo 14 constitucional, exige que toda persona sea debidamente oída en el juicio, así como se aplique a la ley de una manera exacta, en su favor o en su contra, llenándose los requisitos tutelares del procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289950-e1d484e6/partes-en-el-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Monroy Modesto, sucesión de. 9 de mayo de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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