QUEJA.
Cuando versa sobre asunto trascendental y grave, es obligación de la Suprema Corte revisar el acto que la motiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290328-6353673b/queja · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo penal. Arriaga J. Isaac. 17 de agosto de de 1918. Unanimidad de once votos, en cuanto al primer punto, por mayoría de ocho votos en cuanto al segundo punto. Disidentes: Enrique Moreno, Manuel E. Cruz y Victoriano Pimentel; y por mayoría de siete votos, contra cuatro en cuanto al tercero y último. Disidentes: Santiago Martínez Alomía, Ernesto García Parra, Agustín Urdapilleta y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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