CONTIENDAS JURISDICCIONALES.
Es competente la Suprema Corte de Justicia para dirimir las que se susciten entre Jueces o tribunales de un Estado y los de otro.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290629-afdc68fc/contiendas-jurisdiccionales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia positiva en materia civil. Suscitada entre los Jueces Primero de lo Civil de esta capital, y de los Civil de Pachuca, Hidalgo. 25 de septiembre de 1918. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Agustín de Valle, Agustín Urdapilleta y Enrique Moreno. Disidentes: Enrique M de los Ríos, Victoriano Pimentel, y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- CONTIENDAS JURISDICCIONALES. (s/clave)
- CONTIENDAS JURISDICCIONALES. (s/clave)
- CONTIENDAS JURISDICCIONALES. (s/clave)
- CONTIENDAS JURISDICCIONALES. (s/clave)
- CONTIENDAS JURISDICCIONALES. (s/clave)
- CONFLICTOS CONSTITUCIONALES.- (14)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis