RECURSOS ORDINARIOS.
Los que se declaran desiertos y dejan, por lo mismo, firmes los fallos contra los cuales se interpusieron, no pueden tomarse en consideración para desechar los amparos que se promuevan contra esos fallos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291049-8f2fa528/recursos-ordinarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Degrange Moulin. 25 de enero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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