COLEGIOS ELECTORALES.
Las violaciones de ley cometidas por ellos, no pueden considerarse como actos ejecutados en juicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291225-eebf487d/colegios-electorales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto en que el Juez de Distrito desechó por improcedencia la demanda de amparo. Herrera Agustín. 12 de febrero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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