PROCEDIMIENTO, VIOLACION DE LAS LEYES DEL.
Para que proceda el amparo que contra ella se pida, debe el quejoso comprobar que reclamó, oportunamente, contra la misma, y que formuló la protesta que previene la fracción segunda, del artículo 107 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291602-bf4a5974/procedimiento-violacion-de-las-leyes-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo interpuesto ante la Suprema Corte. Muñoz J. Encarnación. 5 de abril de 1918. Mayoría de seis votos. Ausentes: José María Truchuelo y Agustín Urdapilleta. Disidentes: Agustín de Valle, Alberto M. González y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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