CONTRATOS.
La falta de su cumplimiento debe ventilarse ante la autoridad judicial, y no hacerla materia de una declaración administrativa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291641-f29724de/contratos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Verduzco Maximino y coagraviado. 10 de abril de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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