RESPONSABILIDAD PENAL, HECHOS QUE PRUEBAN PLENAMENTE LA.
Si los acusados aceptaron haber estado en el lugar de los hechos y haber participado en las actividades, aunque sin precisar éstas, y esos antecedentes relacionados con los delitos de que se trate en su conjunto y por su enlace natural y su relación constituyen prueba plena respecto a la responsabilidad de los quejosos, resulta improcedente el agravio alegado respecto a la falta de comprobación legal de su responsabilidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293105-27fd274a/responsabilidad-penal-hechos-que-prueban-plenamente-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 702/55. Por acuerdo de la primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 7 de diciembre de 1956. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
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