TESTIGOS HABILES EN EL PROCESO.
Aun cuando el denunciante, las ofendidas, y los testigos tengan parentesco entre sí y con el acusado, tal circunstancia no se encuentra establecida por la ley con motivo de tacha, y si bien sus dichos deben verse con cautela, no es forzoso desestimarlos por la sola circunstancia del parentesco anotado, sino que producen indicios que ligados a otros pueden llevar a tener por comprobados el cuerpo del delito y la responsabilidad del acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293932-2d027e72/testigos-habiles-en-el-proceso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3505/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 14 de marzo de 1956. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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