ROBO, PARTICIPACION EN EL.
Aunque el inculpado únicamente confiese haberse apoderado de unos objetos, y exprese que los restantes quedaron en poder de otros individuos, sin embargo, su sola intervención en la ejecución del delito es suficiente para considerarlo autor del delito de robo en su totalidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294581-c1dc135f/robo-participacion-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5465/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Quinta Epoca:
Tomo CXXIII, página 2719. Indice Alfabético. Amparo penal directo 2031/53. Esparza Varela José. 13 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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