CONFESION DEL ACUSADO.
La autoridad responsable, al dividir la confesión del acusado, aceptándola sólo en la parte no desvirtuada, no incurre en ninguna violación a los preceptos legales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294609-091bb531/confesion-del-acusado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2861/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 20 de enero de 1955. Mayoría de tres votos. El Ministro Luis Chico Goerne no asistió a la sesión por las razones que consten en el acta del día. Disidente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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