USO DE DOCUMENTOS FALSO, DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
Si no hay ninguna prueba de que la acusada haya intervenido en la alteración que se hizo al expedirse la copia certificada del acta original de nacimiento de una menor, no puede considerarse comprobado el cuerpo del delito de uso de documento falso, toda vez que si hubo falsificación, en todo caso fue cometida por la autoridad que expidió la copia certificada.-
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294860-f5897f75/uso-de-documentos-falso-delito-de-legislacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4266/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de marzo de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis G. Corona.
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