RETRACTACION DEL REO.
La versión del acusado más fidedigna es, indudablemente, la que produjo ante la autoridad que previno, supuesto que la rindió a raíz del evento, y se ven con desconfianza las ulteriores declaraciones, en las que primero intervino la reflexión propia del acusado, cuya única preocupación, encontrándose en presidio, fue salir de él urdiendo toda clase de exculpaciones y, en segundo lugar, en las últimas declaraciones intervino el consejo de personal con más capacidad que él para orientar esas exculpaciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294976-c8977030/retractacion-del-reo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4898/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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