COMPLICIDAD CORRESPECTIVA.
El instituto de la responsabilidad correspectiva supone el desconocimiento material de la causación y la intervención de tres o más personas como sujetos activos, y crea la ficción legal de que el resultado, considerado como una unidad, sea reprochable a todos los agentes copartícipes, para los efectos de la consecuencia jurídica a que está referido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295116-c3331453/complicidad-correspectiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2485/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo CXII, página 1848, tesis de rubro "COMPLICIDAD CORRESPECTIVA.".
Tomo CXVII, página 1533, tesis de rubro "COMPLICIDAD CORRESPECTIVA.".
Tomo CXIX, página 2289, tesis de rubro "COMPLICIDAD CORRESPECTIVA.".
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, página 500, tesis 225, de rubro "RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA.".
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