CONFESION DEL REO.
Si lejos de hallarse corroborada por otras pruebas, se halla en contradicción con otras constancias de autos, la confesión del reo únicamente ha de aceptarse en la parte que le perjudica, mas no en cuanto le beneficia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295310-73397435/confesion-del-reo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 249/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1o. de diciembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Relator: Teófilo Olea y Leyva.
Quinta Epoca:
Tomo CXXII, página 2083. Indice Alfabético. Amparo directo 3654/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1o. de diciembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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