LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
Si está acreditado que no hubo agresión por parte de la víctima, tal circunstancia excluye la posibilidad de que el sujeto activo se hubiera excedido en el rechazo de la misma.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295838-a4fb058e/legitima-defensa-exceso-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 9226/42. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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