ROBO DE GANADO, DELITO DE ( LEGISLACION DE JALISCO).
Aun cuando gramaticalmente el vocablo ganado signifique conjunto de bestias mansas de una misma especie, que se apacientan y andan juntas, indudablemente que el artículo 342 bis del Código Penal del Estado, que sanciona el robo de ganado de cualquier especie o la compra del mismo, conociendo su procedencia, no establece el tipo del delito en función a la pluralidad de actos de apoderamiento de semovientes o el del conjunto de los mismos, sino, como es obvio, al robo simplemente de una o más cabezas de ganado de cualquier especie.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297475-ca8ccebc/robo-de-ganado-delito-de-legislacion-de-jalisco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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