AUTO DE FORMAL PRISION.
Si no llegó a acreditarse el cuerpo del delito por el que fueron acusados los quejosos, es patente que en tales circunstancias no pudo acreditarse la responsabilidad presuntiva de los mismos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300274-efc12737/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 9307/49. Garza Sarabia Marcial y coagraviado. 27 de enero de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: José Rebolledo. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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