CONFESION DEL REO ANTE LA POLICIA.
Pretender que las declaraciones que les atribuye la policía a los acusados tienen la fuerza de una confesión, es absurdo, dado que la ley sólo confiere ese carácter a la que se hace ante el tribunal o Juez de la causa o ante el funcionario de la Policía Judicial que haya practicado las primeras diligencias.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300739-9ff9a1f4/confesion-del-reo-ante-la-policia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 1649/49. Mendoza Archundia Juan y coags. 12 de agosto de 1949. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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