FRAUDE, DELITO DE.
Está probada la responsabilidad del procesado en el delito de fraude, si engañó al denunciante haciéndole creer que le firmaría un contrato de sociedad y, por este medio, obtuvo la entrega de una suma, aunque ésta haya sido invertida en la compra del negocio, si el acusado no pudo explicar satisfactoriamente la desaparición posterior de los bienes adquiridos, cuando el denunciante se dio cuenta de que habían desaparecido, incluso el propio negocio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301018-f555fb52/fraude-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 8576/46. Rosas Molina Ramiro. 8 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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