RIÑA.
Lo que caracteriza a la riña es el "animus rigendi", o sea el ánimo de reñir, de los que participan en ella.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301531-8e1a62a4/rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XCVIII, página 2463. Indice Alfabético. Amparo directo 401/48. Viveros Reyes J. Guadalupe. 5 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. Ponente: Fernando de la Fuente.
Tomo XCVIII, página 981. Amparo penal directo 9604/46. Nava Romero Cenobio. 5 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. Ponente: Fernando de la Fuente.
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