LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA.
Si al dictaminarse sobre la naturaleza de una herida, el médico expresa que no pone en peligro la vida, no puede después estimarse que tal lesión es de las que ponen en peligro la vida, si posiblemente por causas personales del ofendido o de terceras personas, la lesión sufre una agravación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302067-94fd9485/lesiones-que-ponen-en-peligro-la-vida · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4781/47. Toledo Leovigilda. 1o. de abril 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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