COPIAS PARA EL AMPARO (INDEFENSION).
Obrando entre las constancias que con su informe justificado envió en copia certificada la autoridad responsable, aquellas de las cuales el quejoso le había pedido copia para rendirlas como pruebas en el amparo, no puede admitirse que por ello se le agravia al negarle, como se le negó, el diferimiento de la audiencia constitucional, ni menos que se le hubiera privado de medios de defensa, ya que haciendo fe, como documento público que es, la copia certificada aludida, bien pudo el acusado quejoso referirse a ella para fincar su defensa o redargüirla de falsa, si no concuerda con las constancias originales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302871-699aa60f/copias-para-el-amparo-indefension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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