CONCUSION, DELITO DE (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).
El requisito sine qua non que establece el artículo 202 del Código de Defensa Social del Estado, para que exista el delito de concusión, es que el encargado de un servicio público exija mayores emolumentos que los señalados por la ley, debiéndose entender que el verbo exigir, tiene la connotación de un medio moral compulsorio para obtener prestaciones indebidas y no simplemente el hecho de recibir mayores cantidades, que en nuestro medio, es notorio que son gratificaciones de uso frecuente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303612-635126d7/concusion-delito-de-legislacion-de-chihuahua · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5992/46. Hagelsieb Federico. 17 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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