ACCION PENAL, PRESCRIPCION DE LA.
No puede extinguirse la acción penal por prescripción, si el acusado se encuentra sub judice, en libertad bajo caución, siendo condición esencial para que corra el término de la prescripción de esa acción la imposibilidad del ejercicio de la misma por la sustracción del reo a la justicia, unida al olvido del acto antijurídico, consecutivo al transcurso del tiempo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304882-b08adc4f/accion-penal-prescripcion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 10217/43. Vera Roberto G. 20 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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