LIBERTAD POR DESVANECIMIENTO DE DATOS.
Es indebido decretar la libertad por desvanecimiento de datos, fundándose en declaraciones de testigos que favorecen al procesado, oponiéndolas a la prueba testifical que le irroga perjuicio, porque esto es propio del fallo definitivo, ya que el desvanecimiento exige prueba indubitables, absolutas, que destruyan, que aniquilen, las que sirvieron de base al proveído de bien preso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305974-c29553de/libertad-por-desvanecimiento-de-datos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 2254/49. García Díaz Saturnino. 2 de diciembre de 1949. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Corona y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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