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Modo: Corpus Pro

TERCERO PERJUDICADO EN EL AMPARO PENAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 306602 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 98

En el amparo penal es parte el ofendido y las personas que conforme a la ley tengan derecho a la reparación del daño o a exigir la responsabilidad civil, proveniente de la comisión del delito, siempre que las resoluciones relativas afecten dicha reparación o responsabilidad; pero si se trata del auto de formal prisión, es evidente que no afecta la reparación del daño o la responsabilidad civil, sino que es un acto de carácter procesal eminentemente personal y en relación con ese auto, el ofendido por el delito no tiene el carácter de parte como tercero perjudicado, en el amparo respectivo, careciendo por lo mismo de capacidad legal para interponer los recursos establecidos por la ley.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306602-1392ac90/tercero-perjudicado-en-el-amparo-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 3068/43. Moreira Vidal Manuel. 3 de abril de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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