PENAS, IMPOSICION DE LAS.
Si no concurren circunstancias agravantes, pero sí atenuantes, es indebido que el juzgador aplique una pena que constituye casi el máximo de la señalada por la ley; por lo que la Corte, supliendo la deficiencia de la queja, debe conceder el amparo para el efecto de que la autoridad responsable teniendo en consideración la ausencia de agravantes y la concurrencia de atenuantes, razone su arbitrio judicial sobre esta base, e imponga, en consecuencia, la pena que en justicia corresponda al quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307836-5b4e7d6c/penas-imposicion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PENAS, REGLAS PARA LA IMPOSICION DE LAS. (s/clave)
- PENA, FIJACION DE LA, CUANDO SOLO EXISTEN ATENUANTES. (s/clave)
- PENA, FIJACION DE LA. (s/clave)
- PENAS, IMPOSICION DE LAS. (961)
- PENAS, FIJACION DE LA CUANTIA DE LAS. (s/clave)
- PENAS, IMPOSICION DE LAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis