INFORME CON JUSTIFICACION.
La falta de informe sólo da lugar a establecer la presunción de la existencia del acto que se reclama, pero no a que se consideren como ciertas todas las circunstancias que se alegan en una demanda de amparo, como motivos de violación; estas circunstancias pueden ser de hecho o legales y en el primer caso, necesitan rendirse las pruebas conducentes para demostrar la verdad, tocando al quejoso probar que los mismos hechos se realizaron en la forma en que los narra en su demanda, pues de otro modo, se llegaría al caso de relevarlo de la obligación que tiene que probar su acción, y se colocaría al Juez de amparo en la imposibilidad de fallar, pues no tendría los elementos necesarios para apreciar la constitucionalidad y la existencia circunstanciada del acto que se reclama.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307839-418a07e3/informe-con-justificacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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