Corpus
Modo: Corpus Pro

DELITO CONTRA LA SALUD.

Clave: — · Registro digital (IUS): 309070 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 683

Conforme al artículo 194 del Código Penal Federal, la posesión de marihuana se considera como delictuosa, cuando tal posesión no está autorizada debidamente por las autoridades sanitarias, conforme a las disposiciones relativas de la materia; y, como por otra parte, conforme a lo dispuesto por el artículo 90 del Código citado, la intención delictuosa se presume siempre, salvo prueba en contrario, resulta que si un reo no demuestra en forma alguna que la marihuana que se le recogió en su domicilio, no la poseía con ánimo de traficar con ella; y sí, además, esa cantidad es excesiva para el uso médico que asegura el indicado le da, es justificado el fallo que lo declara responsable de tal delito.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309070-2a9fb7d6/delito-contra-la-salud · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 6827/40. Martínez Micaela. 29 de enero de 1914. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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