AUTO DE FORMAL PRISION.
Si se reclama en amparo el auto de formal prisión, y la autoridad responsable afirma en su informe, que el delito se comprobó por medio de las declaraciones de testigos, y en autos no constan ni esas declaraciones ni la forma en que fueron rendidas, ni existe tampoco dato alguno que haga presumir la responsabilidad del acusado, el auto de formal prisión es violatorio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310206-af8cf974/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 5440/38. García Felipe y coagraviados. 25 de noviembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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