CUERPO DEL DELITO, COMPROBACION DEL.
La Suprema Corte ha establecido, en diversas ejecutorias, que la circunstancia de que las leyes procesales determinen ciertos medios especiales para comprobar el cuerpo de algunos delitos, no significa que sean los únicos que puedan servir para ese fin, y aun cuando deben estimarse como los más adecuados para ese objeto, debe tenerse en cuenta que por regla general, todos los medios de prueba que autoriza la ley, son eficaces para la demostración de la existencia de los delitos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312959-255b361d/cuerpo-del-delito-comprobacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 443/33. López Vete M. Natividad. 12 de junio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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