RESOLUCIONES JUDICIALES.
Las resoluciones judiciales, sean decretos o autos, sólo dejan de existir por su revocación, dictada por el Juez de los autos o por el superior jerárquico, en grado de apelación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314505-ef9058b4/resoluciones-judiciales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1236/30. Guerrero Ignacio, sucesión de. 8 de noviembre de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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