ACTO RECLAMADO.
La Corte sólo debe estatuir sobre su constitucionalidad y no sobre sus caracteres jurídicos, lo cual corresponde hacer a las autoridades del orden común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315496-296ed220/acto-reclamado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3134/23. Hernández Alfredo. 13 de febrero de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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