AMPARO DIRECTO.
No procede contra las sentencias de primera instancia que no tienen el carácter de definitivas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315580-bc01bfac/amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1036/23. Correa Longinos. 8 de marzo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco Barba no votó por haberse admitido su excusa. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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