INTERES JURIDICO DEL QUEJOSO, PRUEBA DEL.
El interés jurídico del quejoso, sí queda probado en autos con el oficio en el que consta que va dirigido precisamente al propio quejoso, a quien se le comunica la negativa de licencia; por lo tanto, no es necesario que pruebe en autos la propiedad de su giro mercantil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/316191-174a4388/interes-juridico-del-quejoso-prueba-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 2725/55. Víctor Flores Mendoza. 8 de agosto de 1956. Unanimidad de Cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.
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